Periódico "El Raval"

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martes, 8 de marzo de 2016

Confianza y contrato social. Mª José Hernando. Columna de psicología en el periódico "El Raval". Marzo 2016

Los seres humanos somos seres sociales. Nos conformamos psicológicamente en el seno de una sociedad que nos transmite de diferentes maneras y de forma contínua sus valores, habilidades y conocimientos. No solo la familia y la escuela, la sociedad entera nos moldea. Por eso, si observamos sociedades muy distintas, podemos apreciar diferencias no solo en las costumbres sino en los valores, las creencias, las formas de relación etc. En el seno de esa relación individuo-sociedad también se forma nuestra imagen propia, la imagen que tenemos de nosotros mismos al hacer constantes comparaciones entre lo que parece exigirse de cada uno/a y lo que podemos ofrecer. Y como es lógico, se forma la idea que tenemos de los demás, de cada uno de los demás y de los conjuntos humanos, sean estos empresas, partidos, corales o grupos deportivos, por poner ejemplos simples. Pero asistimos en estos tiempos a un problema grave en el funcionamiento social: la quiebra de la confianza. El lamentable espectáculo de la corrupción, al que asistimos entre atónitos e indignados, no es solo una cuestión de legalidad, enriquecimiento y malas prácticas. Es también un atentado a algo fundamental en el funcionamiento correcto de la sociedad y a nuestro propio funcionamiento como personas. Las sociedades lo son porque se establece entre los indivíduos una especie de «contrato social» en el que se marcan unas normas de funcionamiento individual y colectivo que se suponen que están basadas en valores compartidos y en objetivos comunes. Pero cuando ese contrato social se rompe y lo que no debe ser se repite constantemente, se empieza a resquebrajar la relación entre el individuo y el conjunto social y se resquebraja también la «confianza en el otro». Cuando alguien nos coloca agua mal depurada en nuestros grifos, cuando alguien se embolsa el dinero que debería ir a servicios sociales, cuando alguien hace tratos particulares de espaldas o incluso contrarios al interés social... cuando eso se repite un día y otro, nos agranda un temor que necesitamos vencer para vivir en sociedad, nos transmite una «sospecha»: la sospecha de que «el otro» no es fiable. No solo el corrupto, que eso se da por supuesto. Ni siquiera el colectivo con el que identificamos al corrupto, sea un partido, una entidad o una institución. El problema más grave es que nos debiliita la confianza que necesitamos en «el otro», en cualquier «otro», en todos los «otros» de los que nos rodeamos en nuestra vida de seres sociales. La pérdida de confianza en el «otro» es de extrema gravedad porque se convierte en un torpedo en la línea de flotación de nuestras relaciones. Afecta a todo y, por supuesto, nos limita, nos dificulta, nos lastra, nos pone mucho más difícil la comunicación y por ello nos aisla. Y el aislamiento es, para un ser social, una enorme amenaza.

El caso Benítez se acerca al desenlace. Editorial del periódico "El Raval". Marzo 2016

Cuando un caso por muerte violenta se presenta ante la justicia, lo normal es que haya una víctima y un acusado o acusados, un fiscal en la acusación, un abogado de la acusación particular, y un abogado en la defensa. Eso es lo normal. Pero no siempre es así. En el caso de Juan Andrés Benítez hay una víctima mortal, un hombre perdió la vida. Pero al otro lado no se sienta un acusado normal, se sienta un grupo de representantes de los servicios de orden de la comunidad, y no solo de la comunidad autónoma, de los servicios de orden que la comunidad de ciudadanos tiene para protegerse, entre otras cosas, de ser víctimas de un acto violento. Y cuando eso sucede, cuando el acusado es un grupo de defensores del orden, algo hay de especial. Todo esto viene a cuento porque en el juicio de Juan Andrés Benítez esa situación especial se traduce en que, además de la acusación particular de la familia y del fiscal, hay una acusación popular representada por la Associació Catalana de Drets Humans. La lógica de tal situación es que en el caso de Juan Andrés Benítez, además de la víctima mortal irreparable, hay una agresión a la ciudadanía por el abuso, que este grupo de mossos ha practicado, del uso de la fuerza. Una facultad concedida por la soberanía popular para un uso necesario y proporcionado. En el juicio se trataría de juzgar precisamente eso: si el uso de la fuerza empleada por los mossos fue desproporcionada y como resultado se produjo la muerte del señor Benítez, o si por el contarrio concurrieron otras circunstancias con el mismo final.Y hasta ahora había ido por ese camino todo el proceso: las acusaciones tratando de demostrar que la fuerza empleada fue desproporcionada y produjo la muerte de la víctima y la defensa de los acusados tratando de demostrar lo contrario. Y decimos hasta ahora porque la última noticia publicada sobre el caso apunta a la posibilidad de aplicar una reforma de la ley de enjuiciamiento criminal aprobada en el mes de diciembre, sí de dicembre pasado, que establece que una acusación popular solo puede personarse si así lo acepta la acusación particular ejercida por los perjudicados. Según lo publicado, la familia estaría de acuerdo en aceptar un trato con la defensa para que los mossos aceptaran su responsabilidad en la muerte de J. A. Benítez a cambio de que la pena no implicara ingreso en prisión. Parece ser que la familia confía en que a continuación se revisen los protocolos de actuación de los Mossos d’Esquadra. Todo esto plantea una cuestión evidente. Resulta inevitable a la ciudadanía imaginar la presión soportada por la familia tras tantos meses de estresante proceso teniendo en el banco contario nada menos que a un grupo de miembros de los mossos. Y resulta fácil imaginar que por esa presión, o por otros motivos incluso, son más proclives a ceder a las propuestas de tan impresionante parte contraria. Pero... Por muy doloroso que sea para la familia lo sucedido, queda pendiente la cuestión de la afrenta a la ciudadanía, relevante en el caso por ser quienes son los acusados. La presencia de una asociación de defensa de los derechos humanos parece en este caso más que justificada. De hecho no imaginamos en qué otro delito estaría más justificada la presencia de una acusación popular que en un delito presuntamente cometido por un grupo policial con uniforme reglamentario en el desarrollo de una misión policial. Considerar «perjudicados» solamente a los miembres de la familia directa de la víctima es mucho considerar. En un caso así, si se demuestra la culpabilidad que según las informaciones ellos mismos están dispuestos a aceptar, toda la sociedad es «perjudicada», seria y gravemente perjudicada. Si además se está dispuesto a aceptar que es necesario cambiar los protocolos de actuación de los Mossos (y eso solo puede ser porque se reconoce que están mal hechos) entonces también hay resposabilidad en quien haya hecho esos protocolos, en los resposables de ese departamento del cuerpo y en sus mandos. Y que sepamos, aquí nadie ha asumido ni piensa asumir las responsabilidades correspondientes por eso. Quizá cuando lea usted esta columna ya se sepa el final de esta historia. Y seguro tendrá su propia opinión al respecto. Todos la tendremos.